Beneficio:
- Licencia remunerada por paternidad en caso de alumbramiento de la cónyuge o conviviente del trabajador.
- Se trata de una licencia remunerada.
- Tendrá una duración de cuatro días hábiles (laborables) consecutivos.
- El trabajador deberá comunicar a su empleador la fecha probable de parto con una anticipación de 15 días naturales.
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