Lineamientos para el reconocimiento público a personas adultas mayores e instituciones públicas y privadas que han destacado por su trabajo y actividades dirigidas a promover y proteger los derechos de las personas adultas mayores.
1. BASE LEGAL
Resolución Legislativa N° 31090, que aprueba la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
Ley N° 30490 - Ley de la Persona Adulta Mayor.
Decreto Supremo N° 024-2021-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30490.
Decreto Legislativo N° 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP.
Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIMP.
2. OBJETIVO
Promover que las personas adultas mayores se mantengan activas y con capacidad de seguir contribuyendo y aportando con sus conocimientos adquiridos a la sociedad, y que las instituciones públicas y privadas realicen acciones o actividades dirigidas a la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, en adelante la Ley.
3. ÁMBITO
El reconocimiento público es de alcance nacional, incluyendo a los tres niveles de gobierno (nacional, regional y local), a las entidades públicas y privadas, a las organizaciones de la sociedad civil (universidades, organizaciones no gubernamentales, las asociaciones, clubes y organizaciones de personas adultas mayores, entre otros), así como a las personas adultas mayores que participan en el proceso para el otorgamiento del Reconocimiento Público a que se refiere los presentes Lineamientos.
4. COMITÉ DE EVALUACIÓN
El/La Ministro/a de la Mujer y Poblaciones Vulnerables o su representante, quien lo preside.
El/La Viceministro/a de Poblaciones Vulnerables o su representante.
El/La Secretario/a General o su representante.
El/La Director/a General de la Familia y la Comunidad o su representante.
El/La Director/a de Personas Adultas Mayores, quien actúa como Secretaria/o Técnica/o del Comité Evaluador.
Los acuerdos del Comité Evaluador constan en actas que deben ser suscritas por los/as miembros del comité o sus representantes, para lo cual consideran lo siguiente:
Para reunirse y para la validez de sus acuerdos, el Comité Evaluador requiere contar con la presencia mínima de la mitad más uno de sus miembros (3 integrantes).
Todas/os las/os miembros del Comité Evaluador tienen voz y voto.
Para la elección de ternas, en caso de empate el/la presidente/ta del Comité Evaluador tiene voto dirimente.
Las decisiones adoptadas por el Comité Evaluador son inapelables y, por tanto, no pueden ser materia de reconsideración o impugnación.
5. CATEGORÍAS
CATEGORÍA: PERSONAS ADULTAS MAYORES:
Reconocimiento que se otorgará a cinco (05) personas adultas mayores que destaquen en uno de los siguientes campos:
En mérito a su trabajo o actividades destacadas en la promoción o defensa de los derechos de las personas adultas mayores.
En mérito a su trabajo o actividades destacadas en el campo académico, profesional o cultural de las personas adultas mayores.
En mérito a su trabajo o actividades destacadas, en el desempeño de su labor social de las personas adultas mayores.
Persona adulta mayor que con su trabajo o actividades destacadas promueve la imagen positiva del envejecimiento.
Persona adulta mayor que con su trabajo o actividad destacada impulsa o promueve buenas prácticas intergeneracionales.
CATEGORÍA: INSTITUCIONES Y/O ENTIDADES PÚBLICAS:
Reconocimiento por el desarrollo de proyectos, programas o servicios destacados dirigidos a personas adultas mayores, en las siguientes sub-categorías:
Nacional
Se consideran en esta categoría a todas las entidades del Poder Ejecutivo.Regional
Se consideran en esta categoría a los Gobiernos Regionales del ámbito nacional.Local
Se consideran en esta categoría a los Gobiernos Locales del ámbito nacional.
CATEGORÍA: INSTITUCIONES PRIVADAS:
Reconocimiento otorgado por el desarrollo de proyectos, programas o servicios destacados dirigidos a personas adultas mayores, en las siguientes sub-categorías:
Empresa Privada
Reconocimiento otorgado por su labor destacada hacia las personas adultas mayores a partir del desarrollo de actividades que contribuyan a generar imagen positiva del envejecimiento y la vejez y/o la promoción de derechos de este grupo poblacional.Instituciones u organizaciones de la sociedad civil (universidades, asociaciones, clubes, organizaciones no gubernamentales, entre otros).
Reconocimiento otorgado por su labor destacada hacia las personas adultas mayores a partir del desarrollo de actividades que contribuyan a generar imagen positiva del envejecimiento y la vejez y/o la promoción de derechos de este grupo poblacional.Organizaciones de Personas Adultas Mayores
Reconocimiento otorgado por su labor destacada hacia las personas adultas mayores a partir del desarrollo de actividades que contribuyan a generar imagen positiva del envejecimiento y la vejez y/o la promoción de derechos de este grupo poblacional.
6. REQUISITOS PARA LA POSTULACION DE CANDIDATOS/AS
Cualquier persona natural, jurídica, nacional o internacional puede presentar una postulación en las categorías antes señaladas. Sólo se podrá presentar un/a postulante por cada categoría.
En el caso de las instituciones públicas y privadas, incluyendo a las organizaciones de personas adultas mayores, la postulación puede ser directa.
Requisitos para postulaciones a la categoría persona adulta mayor:
Llenar la ficha de Inscripción, que podrá descargar de la sede digital del MIMP, indicando claramente la categoría a la cual postula el/la postulante.
Colocar el número de DNI, para acreditar la edad del postulante.
Presentar la hoja de vida del/la postulante en máximo una (01) carilla, con especial énfasis en las materias relacionadas a la subcategoría a la que postula.
Resumen o ayuda memoria en una (01) carilla, del trabajo o actividad destacada hacia las personas adultas mayores, vinculada a la subcategoría a la que postula.
Presentar documentación que sustente la postulación: fotos, videos, publicaciones o cualquier otro medio idóneo que acredite la labor destacada, los documentos se presentan en pdf y video en MP4, la extensión de video deberá contemplar un máximo de 3 minutos, HD: 1280 x 720 ppp mínimo y como peso de archivo 3MB como máximo.
Toda la documentación deberá ser remitida al momento de la inscripción.
Requisitos para postulaciones a la categoría de instituciones y/o entidades públicas:
Llenar la ficha de inscripción, que podrá descargar la sede digital del MIMP.
Descripción en media carilla del objeto social, funciones o actividades que realiza la institución o entidad.
Resumen en una (01) carilla del proyecto, programa, servicio o actividad destacada dirigida a las personas adultas mayores.
Presentar documentación que sustente la postulación: fotos, videos, publicaciones o cualquier otro medio idóneo que acredite la labor destacada, los documentos se presentan en pdf y video en MP4, la extensión de video deberá contemplar un máximo de 3 minutos, HD: 1280 x 720 ppp mínimo y como peso de archivo 3MB como máximo.
Toda la documentación podrá ser remitida al momento de la inscripción.
Requisitos para postulaciones a la categoría de instituciones y/o entidades privadas:
Llenar la ficha de inscripción, que podrá descargar de la sede digital del MIMP.
Descripción en media carilla del objeto social, funciones o actividades que realiza la institución o entidad.
Resumen en una (01) carilla del proyecto, programa, servicio o actividad destacada dirigida a las personas adultas mayores.
Presentar documentación que sustente la postulación: fotos, videos, publicaciones o cualquier otro medio idóneo que acredite la labor destacada, los documentos se presentan en pdf y video en MP4, la extensión de video deberá contemplar un máximo de 3 minutos, HD: 1280 x 720 ppp mínimo y como peso de archivo 3MB como máximo.
En el caso de las Organizaciones de Personas Adultas Mayores, podrán postular aquellas que se encuentren registradas o hayan iniciado el trámite para el registro, emitido por el gobierno local de su jurisdicción.
Toda la documentación podrá ser remitida al momento de la inscripción.
7. IMPEDIMENTOS
No podrán ser postulantes aquellas personas adultas mayores o instituciones públicas y privadas que se encuentren en las siguientes situaciones:
Impedimentos para personas adultas mayores
Procesadas o condenadas por delito doloso.
Sentenciados/as o incursos en investigación fiscal o proceso judicial, por los delitos de corrupción de funcionarios/as, contra la administración pública y/o delitos ambientales.
Sentenciados/as o incursos en investigación fiscal o proceso judicial por delito contra la libertad sexual o por haber incurrido en actos de violencia de género.
Sancionados/as administrativamente por hostigamiento sexual en el ámbito laboral o actos de violencia de género.
Que se encuentren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Poder Judicial (REDAM).
Que tengan parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y el segundo de afinidad con los miembros del Comité Evaluador.
Que hayan sido reconocidas en otras ediciones.
Impedimentos para instituciones u organizaciones públicas o privadas
Las dependencias públicas y privadas que cuenten con uno o más representantes del MIMP en sus directorios.
Representante legal de la persona jurídica que tenga parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y el segundo de afinidad con los miembros del Comité Evaluador.
Representante legal que esté inmerso en los supuestos señalados en el numeral.
Quienes provean bienes, servicios o realicen obras para el MIMP, incluyendo sus programas nacionales y organismo público ejecutor.
Quienes hayan sido denunciadas por hechos de violencia o discriminación a la persona adulta mayor.
Quienes hayan sido reconocidas en otras ediciones.
Las dependencias del MIMP como postulantes o promoviendo la postulación de personas adultas mayores o entidades.
8. INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS/AS
La inscripción de postulantes se realizará remitiendo la documentación señalada a través de la mesa de partes física o virtual https://facilita.gob.pe/t/1527 del MIMP, con el asunto “Reconocimiento Público”.
Cada postulación debe estar acompañada de la ficha de inscripción según el formato adjunto acompañado de todos los documentos descritos en las Bases.
El MIMP puede recabar información adicional de las postulaciones presentadas, con relación al objeto del reconocimiento.
Para mayor información puede comunicarse al correo institucional: mmartinez@mimp.gob.pe o yrios@mimp.gob.pe
9. VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS BASES
Culminado el período para presentar postulaciones, la secretaria técnica del Comité Evaluador, revisará y verificará que cumplan con lo señalado en las Bases.
Luego de revisadas las postulaciones, aquellas que cumplan con las Bases serán remitidas al Comité Evaluador, previa organización de los expedientes por categorías.
Las experiencias postuladas son evaluadas por el Comité Evaluador en una escala de hasta 100 puntos, considerando los criterios de evaluación determinados en las Bases, para lo cual se toma en cuenta las temáticas en materia de promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores que se desee promover, a propuesta de la Dirección de Personas Adultas Mayores.
10. SELECCIÓN DEL/LA GANADOR/A
El/la secretario/a técnico/a presenta la ficha de evaluación para la elección de la terna por cada sub-categoría, la cual debe ser aprobada por el Comité Evaluador.
El Comité de Evaluación aprueba la selección de la terna elegida por cada categoría y subcategoría y verifica el inicio de la votación electrónica.
Los acuerdos del Comité Evaluador constarán en actas a cargo de la Secretaría técnica.
11. ENTREGA DEL RECONOCIMIENTO
El Reconocimiento Público es otorgado en ceremonia pública protocolar (virtual o presencial) por el/la Titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, previa lectura de la Resolución Ministerial por la cual se oficializa el reconocimiento. La persona adulta mayor o institución pública y privada reconocida recibirá un diploma y/o una medalla en mérito a su reconocimiento.
12. CRONOGRAMA
ITEM |
ETAPAS |
FECHA |
1 |
Lanzamiento |
05 de setiembre |
2 |
Inscripciones |
06 setiembre al 31 de octubre |
3 |
Preselección |
Del 02 al 09 de noviembre |
4 |
Publicación de ternas de las postulaciones por categoría en la sede digital del MIMP |
10 de noviembre |
5 |
Votación electrónica |
Del 11 al 30 de noviembre |
6 |
Publicación de resultados en la sede digital del MIMP |
01 de diciembre |
7 |
Ceremonia pública de Reconocimiento |
22 de Diciembre (En el marco del día nacional de la ratificación de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores) |
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